Abogado especialista en colombia

Restitución de tierras

Ofrecemos representación jurídica especializada en procesos de restitución de tierras en el Valle del Cauca y en todo el territorio nacional.

¿Es usted propietario, poseedor u ocupante de un predio que ha sido solicitado en restitución de tierras?

En Colombia, como consecuencia del conflicto armado, miles de personas fueron víctimas de despojo o abandono forzado de sus tierras. En virtud de la Ley 1448 de 2011, el Estado estableció un mecanismo judicial especial orientado a restituir los derechos territoriales de las víctimas y a restablecer su dignidad.

Si usted ha sido vinculado o reconocido como tercero dentro de un proceso de restitución, es importante que conozca que la ley también garantiza su derecho al debido proceso, a la defensa y a la presentación de pruebas, con el fin de que pueda acreditar la forma en que adquirió o ejerce la propiedad, posesión u ocupación del predio.

Participar activamente en el proceso le permitirá hacer valer sus derechos e intereses legítimos, dentro del marco de las decisiones que adopten los jueces y magistrados especializados en restitución de tierras.

(+57) 314 6194659

Oscar julian Villegas Gomez, Valle del cauca – Colombia

Análisis jurídico estratrégico

Estudiamos integralmente la situación del predio, los antecedentes de adquisición, la tradición, la ocupación y los elementos probatorios relevantes para la defensa de sus intereses legítimos.

Acompañamiento personalizado

Brindamos orientación clara y permanente durante todas las etapas del proceso administrativo y judicial de restitución de tierras.

Respeto por los derechos de las víctimas y de los terceros:

Actuamos bajo un enfoque técnico, equilibrado y responsable, reconociendo la finalidad reparadora del proceso, sin desconocer las garantías constitucionales de quienes han sido vinculados.

Oscar julian Villegas Gomez

¿Por qué elegirnos?

Nuestro propósito es representar de manera rigurosa cada proceso de restitución de tierras, verificando que las reclamaciones cumplan plenamente con los requisitos establecidos en la Ley 1448 de 2011, para que los terceros de buena fe, propietarios, poseedores u ocupantes no resulten injustamente afectados en sus derechos.

Este espacio está dirigido a:

  • Propietarios, poseedores u ocupantes de predios que han sido solicitados en restitución.
  • Terceros de buena fe que requieren acreditar la legalidad de la adquisición o explotación del inmueble.
  • Empresas o inversionistas rurales con intereses legítimos en terrenos objeto de reclamación.
  • Personas vinculadas a procesos judiciales o administrativos derivados de solicitudes bajo la Ley de Víctimas.

     

    Un análisis técnico, objetivo y equilibrado
    Abordamos cada caso considerando tanto la finalidad de reparación integral a las víctimas como la protección del debido proceso y la seguridad jurídica de los terceros, garantizando un estudio serio, probatorio y estratégico de cada situación.

¿Quién puede solicitar restitución de tierras?

Todo propietario, poseedor u ocupante que haya sido víctima de despojo o abandono forzado en el marco del conflicto armado interno desde el 01 de enero de 1991 hasta la actualidad.

¡Escríbenos para revisar tu caso de manera detallada! 

¿Cuánto dura el proceso?

Depende de la complejidad del caso, pruebas y oposiciones presentadas. 

En todo este proceso Oscar julian Villegas Gomez te acompañará.

¿Es obligatorio tener abogado?

Sí, en el proceso administrativo y judicial de Restitución de Tierras debes tener acompañamiento de un abogado. Por lo tanto, la Unidad de Restitución de Tierras realiza la representación de las víctimas del conflicto armado.
Sin embargo, los vinculados o nuevos propietarios de los predios no cuentan con dicha representación jurídica especializada de parte de la Entidad, siendo clave en la fase judicial. Por eso, el abogado Oscar Julián Villegas Gómez, se encuentra brindando el servicio jurídico especializado, siendo uno de los abogados líderes en el tema.

¿Qué pasa si el predio tiene ocupantes actuales?

En los procesos regulados por la Ley 1448 de 2011, el juez o magistrado de restitución debe vincular a todas las personas que tengan relación jurídica o material con el predio, tales como:

* Propietarios actuales
* Poseedores
* Ocupantes
* Empresas que exploten económicamente el terreno

Esto se hace para garantizar su derecho al debido proceso, defensa y contradicción. ¡Contáctanos para defender tus intereses en este proceso!

Responde todas tus

Preguntas

Lee en nuestro blog todo lo relacionado a la restitución de tierras en colombia 

 

Restitución de tierras

Si usted o su familia fueron víctimas de despojo, es posible recuperar sus derechos.

Solicite una evaluación jurídica de su caso.

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